viernes, 23 de febrero de 2007

Sistema de contabilidad simplificada para Mipymes

Muy buenas noticias para las mipymes (¡y muy malas para los contadores que pueden perder clientes!). El SII anunció que implementará, a partir del 15 de marzo de este año, un Sistema de Contabilidad Simplificada que puede beneficiar a más de 200 mil contribuyentes, que conforman un importante segmento de la micro y pequeña empresa. Esto, a raíz de la publicación de la Ley 20.170, el 21 de febrero recién pasado, que permite a esos contribuyentes acogerse a un régimen de simplificación tributaria.
Algunos alcances sobre este régimen los comenté en mi blog tributario Consultoría Tributaria, por lo que aquí sólo me avocaré a comentar esta iniciativa del SII, que por lo demás me parece muy atractiva y conveniente para estos pequeños contribuyentes.
Recordemos, sin embargo, que entre las ventajas que para el contribuyente tiene este nuevo régimen -establecido por el nuevo Art. 14 ter de la Ley de la Renta- se encuentra la liberación de algunas obligaciones tributarias propias de la contabilidad completa: llevar libros de contabilidad, confeccionar balances, la aplicación corrección monetaria, efectuar depreciaciones, realización de inventarios, confección del registro FUT, la deducción inmediata de las inversiones e inventarios, entre otras.
Ahora bien, los contribuyentes que opten por la contabilidad simplificada podrán disponer, desde el 15 de Marzo, de una aplicación gratuita en el Portal Mipyme que les permitirá de una manera fácil y cómoda cumplir con las obligaciones tributarias que establece la Ley 20.170.
Para ello, el contribuyente deberá inscribirse en el Portal Mipyme, y cumplir los requisitos exigidos en el mismo, a saber: calificar para incorporarse al régimen simplificado de tributación del Art. 14 ter; contar con certificado digital, e inscribirse en el mismo portal como facturador electrónico.
El uso del Sistema de Contabilidad Simplificada del Portal Tributario MIPYME, permitirá a los contribuyentes aumentar sus ventajas en comparación con aquellos que no utilicen esas herramientas, no sólo desde el punto de vista tributario y de gestión del negocio, sino también por la posibilidad concreta de extender la declaración y pago del IVA del día 12 al 20 de cada mes.
Conviene destacar, como lo hizo en su oportunidad el Director Nacional del SII, que en términos de gestión del negocio se distinguen las siguientes facilidades:
  • Los documentos electrónicos emitidos y recibidos quedan directamente registrados en la contabilidad, y los otros movimientos que no tienen documento tributario asociado (por ejemplo, liquidaciones de sueldo, pago de boletas de honorarios, pago de intereses, etc.) se digitan de manera directa en el sistema.
  • El sistema construye automáticamente los registros de ingresos y egresos.
  • La base imponible del Impuesto de Primera Categoría se calcula automáticamente, a partir de la diferencia entre los ingresos y egresos registrados en la contabilidad.
  • El sistema generará una propuesta de Declaración Mensual de IVA (Formulario 29) y una propuesta para la Declaración Anual de Renta (Formulario 22).
  • El sistema facilitará la confección de las Declaraciones Juradas de Sueldos (1827 y 1887) y de Honorarios (1879).

lunes, 19 de febrero de 2007

Se inicia presentación de declaraciones juradas al SII

El SII dio por iniciado el proceso de presentación de declaraciones juradas, en el marco de la Operación Renta 2007. En efecto, el jueves 15 del presente mes comenzó este importante proceso auxiliar a la declaración de los impuestos a la renta correspondiente al año tributario 2007, el que presenta varias novedades que facilitan su cumplimiento.
Antes de entrar en detalle, es sumamente útil y recomendable tener a mano el Suplemento Declaraciones Juradas 2007, publicado en el diario El Mercurio en el mes de enero pasado o, en su defecto, consultarlo haciendo clic aquí, lo que permite una familiarización más acabada con los medios disponibles para la presentación de las declaraciones juradas y con los plazos y demás exigencias propias de cada una de dichas declaraciones.
Quizás lo más novedoso sea el denominado "Importador de formularios para las declaraciones juradas", una herramienta tecnológica que permitirá enviar los formularios al SII en archivos generados por los propios sistemas informáticos de los contribuyentes, opción que estará disponible para 30 de las declaraciones juradas exigidas por dicho Servicio.
Asimismo, para la opción de entregar la información a través del "Formulario Electrónico en pantalla", desde el propio sitio del SII, opción que es válida para 40 de las declaraciones juradas exigidas, podrán ingresarse hasta 100 registros en cada una de dichas declaraciones, lo que facilita el cumplimiento tributario de personas y empresas. De igual forma, esta herramienta permite guardar y recuperar los datos ingresados, indispensable cuando se trabaja con mucha información.
Otra novedad consiste en que si se detecta que la información enviada es incorrecta y en consecuencia se requiere rectificar la declaración jurada, si la misma fue enviada al SII por el medio antes indicado, podrá corregirse la información sin necesidad de ingresar nuevamente todos los datos de los informados.
En otro post indicaremos -a medida que se acerquen- las fechas límites de presentación de estas declaraciones juradas, especialmente de las más importantes y comunes a casi todas las empresas nacionales y especialmente pymes, tales como Retenciones (1879); Retiros (1886); Sueldos (1887) y Gastos rechazados (1893), cuyos vencimientos oscilan entre el 23 y el 29 de marzo del presente año.

domingo, 14 de enero de 2007

Para tener en cuenta

No se le ha dado mayor difusión, pero es un tema importante y que afecta a todas las empresas nacionales, especialmente a las pymes. Al fines del año pasado, específicamente el día 27 de diciembre, el SII evacuó la Res. 172 Ex. (publicada en el Diario Oficial del día 30 de ese mismo mes) que establece la obligación de registrar diferenciadamente en el Libro de Compras y Ventas los documentos tributarios electrónicos y no electrónicos recibidos, esto es, facturas, facturas de compra, liquidación-factura, notas de crédito y notas de débito.
Si bien es cierto -como lo justifica el propio SII en su considerando Nº 5- que existe la posibilidad que se produzcan imprecisiones en el registro de ciertos documentos tributarios electrónicos y no electrónicos en el Libro de Compras y Ventas, que impliquen en definitiva registrar con un mismo nombre un documento no electrónico y un documento electrónico que presenten el mismo número de folio de un determinado emisor electrónico, me parece que la razón detrás de esta medida es meramente de facilitar la fiscalización de los libros obligatorios, ya que junto con diferenciar el registro de estos documentos tributarios, electrónicos o no, ahora los contribuyentes estarán obligados a anotar el nombre completo del documento de que se trate o, en su defecto, usar la codificación entregado en dicha resolución para distinguir claramente un documento de otro.
Así por ejemplo, se deberá incluir una columna en dicho Libro de Compras y Ventas para incluir este código, en donde el código 30 identificará a las facturas en papel y el código 33 a las facturas eletrónicas.
Es indudable que esta nueva obligación traerá algunos inconvenientes, especialmente cuando dicho libro se lleva en un sistema computacional que no pueda ser modificado fácilmente (para agregar estos códigos), lo que puede eventualmente causarle problemas al empresario.
Cabe consignar que esta obligación rige desde el 1º de enero de este año, por lo tanto es obligatoria desde ya y cada anotación en el Libro de Compras y Ventas debe hacerse en la forma que dispone la citada Res. 172 Ex. El incumplimiento de lo establecido en dicha resolución será sancionado de acuerdo a lo previsto en el Art. 109 del Código Tributario, esto es, con multa no inferior a un 1% ni superior a 100% de una unidad tributaria anual.

viernes, 29 de diciembre de 2006

Aumentan fondos para el Fogape

El Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (Fogape) verá aumentados sus fondos en US$ 10.000.000, luego de aprobarse en el Senado de la República los últimos trámites legislativos para la promulgación del cuerpo legal que modifica el estatuto de este Fondo.

Recordemos que ésta era una de las medidas anunciadas en el Plan Chile Compite para estimular la competitividad nacional, la que se está haciendo realidad, y que pretende ir en directo beneficio de las pymes y los pequeños empresarios con dificultades para acceder a financiamiento formal por carecer de garantías suficientes.

Entre los objetivos de esta iniciativa están reducir los riesgos y costos de operación del sistema y fortalecerlo, ya que si bien el instrumento ha funcionado adecuadamente, se espera ampliarlo para incorporar a pequeños empresarios exportadores que hoy no pueden acceder a él. Las nuevas medidas significarán un incremento de 46% en las operaciones garantizadas por el Fondo.

Como dato estadístico interesante, podemos decir que, desde el año 2000, este Fondo ha beneficiado a 95.329 personas naturales y jurídicas, con 174.000 créditos colocados, por un monto de US$ 2.450 millones.

lunes, 25 de diciembre de 2006

Arca les desea un próspero año 2007

Vayan nuestros más cálidos y afectuosos saludos para todos nuestros clientes y amigos. Que estas fiestas lleven a cada uno de Uds. y a sus familias la paz y felicidad que todos se merecen y que el año que pronto se inicia sea pródigo en buenas noticias.

Son los deseos de quienes trabajamos en Arca Consultores Ltda.

martes, 21 de noviembre de 2006

¿Para qué utilizar un blog?

¿Para qué me puede servir un blog? Una pregunta típica -que asume algo de conocimiento implícito de este medio, pues reconoce lo que es un blog- que se puede hacer todo quien está empezando en este fascinante mundo y, particularmente, la que puede ser complementada con la interrogante relativa a qué puede aportar un blog de negocios o uno corporativo.

Esta es una de las primeras interrogantes que despeja Jeremy Wright en su libro "Blog Marketing", que empezamos a analizar en esta tribuna, y que arroja luces sobre las mútiples formas en que los blog pueden apalancar diversas estrategias corporativas. Como ya pueden adivinar, esta primera entrega estará centrada en los blog de empresas, pero igualmente hay conceptos válidos para todo tipo de blog, incluso los personales.

En primer lugar, una gran y evidente división entre éstos es si su orientación es interna o externa, esto es, si está dirigido al interior de la empresa o por el contrario a todo el mundo (la blogosfera). En el libro aparece una extensa lista de usos -que evidentemente no es exhaustiva- para estas dos categorías, de las cuales destacaré sólo algunas:

Blog internos:
  • Administración y participación del conocimiento;
  • Revisión interna de documentos;
  • Inteligencia corporativa;
  • Establecimiento de ideas, tormenta de ideas;
  • Mejores prácticas;
Blog externos:
  • Comunicación y marketing, relaciones públicas;
  • Capacitación;
  • Retroalimentación pública;
  • Servicios personalizados;
  • Lealtad a la marca, CRM;
Ejemplos de cada uno de estos tipos de blog hay nuchos; sin embargo, el autor nos muestra algunos emblématicos (como el del vicepresidente de la GM o el del Disney Channel), de los cuales extrae los siguientes paradigmas, útiles para todo tipo de blog:
  • No tenga miedo de ser honesto.
  • Use blogrolls.
  • Pregunte a las personas que es lo quieren.
  • Sea apasionado.
  • Juegue limpio con sus competidores.
  • Tenga una voz aunténtica.
Hasta aquí la presente entrega. Más adelante examinaremos los tipos de blogs más adecuados para diversas necesidades y algunos consejos para tener éxito en la blogosfera.

sábado, 18 de noviembre de 2006

Estrategia: el talón de Aquiles de las Pymes

“Si no sabes a dónde vas, cualquier camino te conduce allí”
(Proverbio del Corán)

“Por favor, ¿me puede decir que camino debo tomar desde aquí?”, preguntó Alicia.
“Eso depende en gran parte de a dónde quieras ir”, dijo el gato.
“No me importa mucho a dónde, en realidad....”.
“En ese caso, no importa mucho cual sea el camino que tomes”, dijo el gato.”
(Lewis Carroll, Alicia en el País de las Maravillas)

La estrategia nos debería mostrar el camino a seguir, es el objetivo de la actividad que realiza la dirección de la empresa, que debe perseguir que su organización funcione de manera eficiente, y la mejor manera de que esto ocurra es que no existan conflictos en la misma.
No es casual la asociación de la estrategia con el noble juego del ajedrez. Para llegar a ser un buen jugador hay que pensar -y mucho- en lo que sucede y va a suceder en el tablero (el mercado), poner mucha atención a lo que hace su rival (la competencia), planificar las jugadas, tanto propias como del oponente (estrategia) y estar atento a cualquier error o descuido del adversario (táctica).
El símil a pesar de su obviedad es interesante, pues debido a la celeridad del mundo actual y a las dificultades que afrontan diariamente las pymes nacionales, el tema estratégico pasa a un lamentable segundo plano, imposibilitando obtener todos los beneficios que puede aportar una adecuada y correcta planificación estratégica.
En nuestra experiencia en la implementación de la Norma Pyme, la que le da gran importancia al tema estratégico, nos hemos encontrado con pymes que carecen de los más elementales conceptos sobre la materia, aunque -como excepción que confirma nuestra apreciación- también hemos visto empresas cuyo nivel y manejo a nivel estratégico era óptimo y de vanguardia. El tener claro hacia dónde se dirige la empresa o hacia dónde se quiere llegar es vital, en particular para este segmento de empresas.
Iniciamos aquí una serie de post que se referirán a este importante tema, los que complementaremos con ejemplos prácticos y enlaces destacados a sitios y blog sobre la materia.

jueves, 16 de noviembre de 2006

Blog marketing

Estoy leyendo un interesante libro de marketing (específicamente sobre blog) cuyo autor es Jeremy Wright, consultor especialista en el tema, que promete introducir una nueva y revolucionaria forma de incrementar las ventas a través de este medio, construir una nueva y fuerte imagen de marca y obtener !resultados excepcionales!
¿No será mucho? En todo caso, entrega pautas muy interesantes para ampliar la audiencia y visibilidad de los blogs corporativos, para tener éxito en la blogósfera y pone especial énfasis en la creación de experiencias positivas con los clientes o eventuales clientes de la empresa en particular, que visiten o interactúen con el sitio web o blog corporativo de la misma.
Intentaré poner en práctica sus consejos (los que comentaré en este mismo espacio más adelante), como por ejemplo, definir una estrategia para este medio, como primera medida, y poner en práctica sus diez consejos para tener éxito en este ambiente, lo que evidentemente dependerá de mis expectativas.
Lo que sí anuncio desde ya es mi intención de postear con mayor frecuencia, darle la importancia que merece a la retroalimentación que pudiera recibir de mis lectores y clientes de mi consultora, y a entregar mayor valor agregado en cada post, que refuerce la excelencia buscada en Arca Consultores.

miércoles, 8 de noviembre de 2006

Planificación Tributaria orientada a las personas

Estamos por finalizar el año comercial 2006. Quedan sólo dos meses para trabajar en la planificación (tributaria) de los impuestos personales que afectarán a los contribuyentes personas naturales por el año tributario 2007 y que deberán pagarse en abril del próximo año.
Claramente, si no se toman resguardos en estos últimos meses, ya no podrá hacerse nada para disminuir la carga tributaria que pudiera afectar a los socios o accionistas, personas naturales, de empresas que ya están visualizando la siguiente Operación Renta.
Para esto es que nació la Planificación Tributaria, cuyo objeto esencial es disminuir esta carga tributaria, tanto de las empresas como de sus dueños, vía caminos legitimados por el ordenamiento tributario chileno.
Sin embargo, en muchos casos, la Planificación Tributaria no se preocupa de personas naturales de ingresos medios a altos, que no tienen ni participación en sociedades de responsabilidad limitada ni acciones en empresas, pero que por no dedicar tiempo ni asesorarse adecuadamente no aprovechan franquicias y beneficios tributarios, lo que redunda en pagos de impuestos mayores de los que podrían obtenerse con una adecuada planificación.
Por esto, nace en nuestra Consultora una área especialmente dedicada a esta materia, con la finalidad de aportar a los contribuyenets personas naturales las herramientas necesarias para optimizar su carga tributaria, permitiendo importantes ahorros impositivos, todo respetando absolutamente el marco jurídico y administrativo nacional.
¡Consulte ahora!, ya no queda mucho tiempo.

martes, 31 de octubre de 2006

Nueva cara de nuestro sitio web

¡Hemos rediseñado nuestro sitio web! Aunque estamos en un período de pruebas y marcha blanca, hemos intentado darle una nueva disposición, más moderna y ágil, actualizando sus contenidos y agregado nuevos servicios y características de los mismos, todo pensado para otorgar la mejor y oportuna información para las pymes, nuestro mercado objetivo.
También intentamos integrar de mejor manera este blog con el sitio web para fortalecer el contenido de éste, haciendo más enlaces con temas relevantes para las pymes comentados en este medio, manteniendo de esta manera un contacto más directo con la pequeña y mediana empresa nacional. Cabe recordar que este blog nació como un medio virtual dedicado a comentar temas de interés para este segmento de empresas y para resaltar, como no, los servicios de Arca Consultores Ltda. orientados a satisfacer las necesidades de éstas.
Aprovechando el dinamismo del blog, en contrastre con la rigidez de los sitios web tradicionales, ponemos a disposición de las empresas y personas en general este blog de carácter más bien general y el de Consultoría Tributaria, eminentemente técnico, que analiza temas de interés tributario orientados también a ese segmento empresarial.
Los invitamos entonces a visitar el nuevo formato del sitio web de Arca Consultores Ltda. y el blog antes citado.