jueves, 29 de marzo de 2007

Innovación: la clave para crecer

No es un misterio que la innovación es una poderosa herramienta a la que pueden echar mano las pymes, obteniendo una importante ventaja competitiva que se traduzca finalmente en un mayor crecimiento.
En Arca Consultores estamos concientes de aquello y constantemente buscamos innovar en la prestación de nuestros servicios, de manera de entregar el máximo valor agregado a nuestros clientes y aumentar de esta forma su satisfacción, por una parte, y su rentabilidad, esto es, crear una cartera de clientes satisfechos y rentables.
En aplicación de esta política es que presentamos un nuevo concepto de servicio integral, en un tema muy importante y muchas veces subvalorado, como es la contabilidad. En efecto, nuestra Consultora ofrece un servicio innovador asociado a la contabilidad tradicional, en el cual tiene preponderancia el análisis, la interpretación de los resultados arrojados por esta disciplina, de modo de convertirnos en un real socio estratégico, vital para el desarrollo y eficiencia de las pymes nacionales.
A la preparación de tradicionales balances y estados de resultados periódicos (trimestrales) le sumamos toda nuestra experiencia en el análisis e interpretación de la información que de ellos se desprende, tanto de carácter contable, financiero, tributario, entre otras materias, exponiendo luego a los dueños o ejecutivos de las pymes nuestras recomendaciones en las diversas áreas susceptibles de intervenir, lo que puede traducirse, por ejemplo, en una planificación tributaria que aliviane la carga impositiva de la propia empresa como asimismo la de sus dueños.
Quedan invitados a participar de esta nueva experiencia, en que más que asesores expertos pretendemos convertirnos en verdaderos socios estratégicos, guiando a la pyme por un sendero de eficiencia que permita hacerla más competitiva.

martes, 20 de marzo de 2007

"Chile Invierte": otra vez olvidadas las pymes

La semana pasada, con bombos y platillos, fue dado a conocer un nuevo paquete de medidas para estimular el crecimiento y la inversión en el país, el que consta de 27 medidas, muchas de las cuales son medidas cosméticas y mínimas para una administración que debiera ser eficiente.
Sin embargo, las medidas -una vez más- no consideran del todo a las pymes, pues se orientan especialmente a las grandes empresas, las que en general no tienen los problemas que presentan las pequeñas y medianas empresas, como escaso acceso a financiamiento y casi nula posibilidad de invertir.
Entre estas medidas, la que más ruido a generado y que ha sido más aplaudida es la que permite una depreciación instantánea del 50% del gasto en activo fijo, medida que tiene un carácter transitorio, pues será válida sólo hasta el próximo año. Se ha presentado como un gran beneficio tributario, el que no es tal, ya que más bien es sólo un diferimiento de la carga tributaria. Lo que sí me parece interesante, es el estímulo que pueda generar en la inversión, donde sí puede ser una gran ayuda para apuntalar el crecimiento.
Tampoco es de gran ayuda para las pymes en dificultades los US$ 200.000.000 que dispondra la línea de financiamiento a largo plazo que manejará CORFO, pues a ésta sólo podrán concurrir las empresas saneadas y sin problemas financieros y tributarios, las que son, como no, las grandes empresas.
Tengo mis esperanzas puestas en dos medidas de las anunciadas: el Estatuto Pyme, que debería definir claramente un tratamiento diferenciado para este tipo de empresas, que a todas luces no puede ser igual que para las grandes empresas, como ocurre hoy, y en el trabajo que pueda realizar el nuevo gerente pro inversión, en el análisis y destrabamiento de cuellos de botella burocráticos en esta materia, del que espero medidas administrativas concretas para agilizar el emprendimiento y la inversión, pero con una mirada en las pymes.

lunes, 5 de marzo de 2007

Declaraciones Juradas AT 2007

Como anunciamos hace unos días, a medida que ya se acercan los plazos fatales para la presentación de las declaraciones juradas, daríamos algunos consejos e indicaciones para efectuar esta vital entrega de información al SII, que sirve -entre muchas otras cosas- para que dicho Servicio prepare las propuestas de declaraciones de renta que le presenta a los contribuyentes.

No está demás recordar estas fechas fatales, las que pueden verse haciendo clic aquí. Asimismo, recordar que el SII pone a disposición de todos los contribuyentes el que denomina como "software liviano", gratuito, que permite en forma fácil y cómoda generar y enviar al SII 37 declaraciones juradas, entre las que están las más comunes que pasamos a resumir a continuación:
  • 1879: Retenciones efectuadas conforme a los Arts. 42, N° 2, y 48 de la Ley de la Renta (LIR). Es decir, retenciones por boletas de honorarios recibidas; Plazo fatal: hasta el 25 de marzo.
  • 1886: Retiros efectuados por los socios de SRL y los créditos del impuesto de 1ª Categoría que les corresponde; plazo fatal: hasta el 29 de marzo.
  • 1887: Rentas del Art. 42, N° 1 (Sueldos) y las retenciones de Impuesto Único de Segunda Categoría de la LIR, cuando corresponda; plazo fatal: hasta el 23 de marzo.
  • 1893: Gastos rechazados y créditos por impuesto de 1ª Categoría; plazo fatal: hasta el 25 de marzo.
Casi con seguridad, estas son las declaraciones juradas que prácticamente todas las empresas deben entregar al SII, que no sean sociedad anónima evidentemente (las que deben presentar los formularios 1813 (Gastos rechazados); 1884 (Dividendos), entre otros), las que se pueden generar por el programa que pone a disposición el SII, como asimismo por otras de las opciones que mantiene el SII para tales efectos, como el formulario en pantalla, el importador de datos y los software comerciales.