lunes, 27 de octubre de 2008

Organización jurídica de mipymes

Como ya se está haciendo tradición, he colaborado nuevamente con la Revista Agéndate, en su columna dedicada a las Pymes. En esta ocasión, sobre un tema de suma importancia para ellas, que dice relación con la forma de constituirse formalmente y sus diversas alternativas. Los dejo con dicho artículo:

En otras oportunidades hemos comentado la enorme cantidad de "empresas" informales que existen en nuestro país. Se estima que la cantidad de entidades económicas productivas en esta situación -incluidas las personas que trabajan por cuenta propia- supera a las organizaciones formalmente constituidas, sobrepasando largamente la cifra de 700.000 unidades productivas.

¿Qué alternativas tienen estos emprendedores y los que desean ingresar formalmente al mercado para organizarse jurídicamente? Varias y de distinta naturaleza, como pasamos a explicar a continuación.

La forma más simple es desarrollar el negocio o emprendimiento como persona natural, abriendo el giro respectivo en el Servicio de Impuestos Internos (SII). Esta alternativa, que no implica acaso costos, conlleva riesgos que es necesario tener en cuenta, toda vez que el empresario individual responde con todo su patrimonio -el propio y el de su empresa, que en este caso se confunden- ante incumplimientos contractuales, demandas y obligaciones tributarias emanadas de la autoridad pertinente, lo que puede llegar a ser catastrófico.

Pero en esta ocasión, nos referiremos con más detalle a los distintos tipos societarios de que disponen los emprendedores y empresarios mipymes para organizarse, entre los cuales destacan por su importancia las sociedades de responsabilidad limitada (SRL), las sociedades anónimas cerradas (SAC), las sociedades por acciones (SpA) y las empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL), todos los cuales tienen la particularidad de limitar la responsabilidad del empresario, socio o accionista al monto de su respectivo aporte.

Por lejos las SRL son las más comunes. De acuerdo con cifras aparecidas en el diario El Mercurio hace unos días, durante el presente año se han constituido más de 20.000 de este tipo de sociedades. En tanto que de las otras citadas, en conjunto, no superan las 10.000, siendo las EIRL las segundas en importancia, con poco más de 5.700 empresas individuales constituidas en lo que va del año 2008.

Todas deben cumplir con similares trámites legales y administrativos para operar en regla. Sus estatutos deben constar en una escritura pública (salvo en el caso de las SpA, que pueden constituirse también por medio de una escritura privada, pero igualmente debe firmarse ante Notario), la que debe publicarse -extractada- en el Diario Oficial e inscribirse en el Registro de Comercio pertinente. Luego de esto, deben cumplirse con los trámites ante el SII, en los plazos estipulados en el Código Tributario, los que corresponden a la declaración de iniciación de actividades y el registro en el Rol Unico Tributario (RUT), que habilitan a la nueva entidad societaria para ejercer la actividad económica por la cual se constituyó.

Cabe señalar que, dependiendo de dicha actividad, puede requerirse además de permisos especiales para operar (autorizaciones sanitarias, del medioambiente u otras similares), los que deben pedirse ante las autoridades respectivas, sin olvidar los trámites ante la municipalidad pertinente -la que corresponda al domicilio de la sociedad- para obtener la Patente Municipal, último obstáculo para ser formalmente una empresa con todas las de la ley.

Antes de terminar, nos parece relevante indicar algunos detalles sobre la constitución de una SRL, por su importancia relativa entre todas las empresas que se constituyen en Chile. En primer lugar, es una sociedad de personas, que no puede tener más de 50 socios. Para efectuar algún cambio estatutario se requiere el consentimiento de todos los socios, en forma unánime. La administración de la sociedad corresponde a todos los socios o a los que se designe en los estatutos -incluso un tercero- y el retiro de utilidades se hace de acuerdo a la proporción que cada socio tiene en el capital o según lo establecido en el citado estatuto. Por último, en este estatuto deben quedar muy bien definidos el objeto de la sociedad, su capital, la administración, su domicilio, su duración y su razón social, que debe finalizar con la característica palabra "limitada".

miércoles, 22 de octubre de 2008

Premio Pyme Gestión Competitiva

Hace ya varios días terminé mi labor como Evaluador del Premio Pyme Gestión Competitiva, una experiencia muy interesante y enriquecedora, que me permitió conocer a tres empresas muy disímiles, con distintos niveles de gestión, pero con ideas claras y un norte medianamente nítido hacia donde avanzar.

No me corresponde comentar aquí detalles de dicha evaluación. Sin embargo, es indispensable decir que la sola participación en este Premio constituye un impulso fuerte para la mejora de la empresas, ya que la autoevaluación que deben realizarse les permite mirarse con un enfoque integral y detectar en qué puntos su gestión es deficitaria, para intentar desarrollar los planes de mejora que permitan elevar su nivel de gestión lo que evidentemente redundará en mayor eficiencia y competitividad.

Conviene recordar que el modelo de gestión en que se basa el Premio Pyme Gestión Competitiva es el Modelo Chileno de Calidad, y que comparte prácticamente todos sus principios y fundamentos con el Sistema Escalonado de Mejora Continua (SEMC), niveles 1 y 2, como la cantidad de criterios a evaluar y las prácticas de gestión que los constituyen.

Una consecuencia natural de la participación en este Premio, motivada por la evaluación del nivel de gestión de la empresa de menor tamaño de que se trate, es la implementación de algún sistema de gestión de calidad acorde con dicho nivel, el que puede ser la Norma Pyme o el SEMC, especialmente orientados a las pymes nacionales. A iguales recomendaciones se llega cuando una empresa completa el SIGAE o SIGA (Situación de Gestión Actual de la Empresa) a través del sitio web de ChileCalidad: el propio sistema recomienda que sistema de gestión es el más apropiado para el nivel actual de gestión.

Los invitamos a llenarlo o a participar en el próximo Premio Pyme Gestión Competitiva, que abrirá una nueva convocatoria en el próximo mes de diciembre. Luego los esperamos para que implementen con Arca Consultores cualquiera de esos sistemas de gestión de calidad, accediendo al cofinanciamiento Corfo que cubre la mayor parte del costo de la asesoría.

martes, 14 de octubre de 2008

Nuevo plan de apoyo a las pymes

Ayer el Gobierno dio a conocer un plan de apoyo para las pymes, en vista de las crecientes dificultades que se han observado por la crisis financiera internacional y que ya han afectado a nuestro país, sobre todo en los accesos a créditos y financiamientos de las operaciones, donde este tipo de empresas es extremadamente sensible y vulnerable.

Los Ministros de Hacienda y Economía (Andrés Velasco y Hugo Lavados) dieron a conocer las medidas, cuatro que implican recursos por US$ 850.000.000, que buscan entregar garantías a créditos a las pymes y asegurar la disponibilidad de recursos, esto es, liquidez, para mantener operativas estas unidades productivas, que como sabemos, dan empleo a la gran mayoría de los chilenos.

En concreto, las medidas son las siguientes:
  • Mayor cobertura a los exportadores: Actúa sobre el Programa de Cobertura de Préstamos Bancarios a Exportadores (Cobex), garantizando el 50% de dichos préstamos, con un tope de 2,5 millones de dólares por operación. Recursos involucrados: US$ 50 millones.
  • Fondos para inversión: A través del Fogain (Fondo de Garantía de Inversiones), a una tasa preferencial de 6,26% anual para los bancos, las pymes pueden acceder a estos fondos con garantía estatal, de los cuales el 30% pueden usarse en capital de trabajo. Recursos involucrados: US$ 500 millones.
  • Financiamiento de capital de trabajo: Mediante una línea especial, que financia solicitudes de las pymes para mantener sus operaciones, con recursos prometidos de US$ 200.000.000. Esto ataca directamente la iliquidez de las pymes, y
  • Factoring no bancario: A través de líneas de financiamiento vía Corfo, para proveer igualmente liquidez a las pymes, con recursos involucrados que alcanzan los US$ 100 millones.
Las medidas claramente apuntan en la dirección correcta, se puede criticar que son insuficientes y algo tardías, pero bien enfocadas. Como señaló hace unos días el Ministro Lavados, lo realmente importante es mejorar la productividad de las pymes, tarea en la que el Gobierno no tiene mucho que hacer.

lunes, 13 de octubre de 2008

Auditoría Tributaria

El concepto de auditoría es muy amplio, aunque existe cierto consenso en que se trata, en términos simples, de un examen crítico y sistemático realizado por profesionales independientes del sistema auditado. Ciertamente existen muchos tipos de auditorías (Contables, Financieras, de Sistemas, Tributarias, de Compra o due diligence, etc.), sin embargo aquí nos referiremos a la de carácter tributario, uno de los servicios que prestamos en nuestra área especializada.

En este sentido, es posible intentar una definición más precisa de este concepto, que deje en claro los objetivos de la Auditoría Tributaria. La entendemos como un "conjunto de técnicas y procedimientos encaminados a evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de una entidad económica, conforme a sus objetivos y cuyos resultados se manifiestan mediante un informe escrito".

Esta breve definición incluye los elementos más importantes que componen una Auditoría Tributaria, a saber: aplicación de técnicas (tales como la observación, el examen físico, la indagación, la confirmación, el análisis y el cómputo) y procedimientos de Auditoría (que permitan obtener elementos de juicio para sustentar las conclusiones) que permiten evaluar las evidencias presentadas por la empresa objetivamente; cumplimiento de las obligaciones tributarias -tanto principales como accesorias- elemento central que implica un conocimiento acabado de la legislación vigente y de la normativa administrativa sobre la materia; entidad económica, esto es, empresa o institución, de la cual se debe conocer con detalle sus características, su actividad o rubro y su ubicación, todos elementos que pueden afectar el régimen tributario de la misma; objetivos de la Auditoría Tributaria, los que son definidos por la entidad económica -el cliente- de acuerdo a sus necesidades, lo que incluye la extensión de la Auditoría (total, parcial) y al tipo de ejecución (autónoma o integrada) y, finalmente, Informe de resultados de la Auditoría Tributaria, el que debe contener todas las omisiones y errores detectados, que pueden traducirse en, por ejemplo, pagos de impuestos en exceso, no utilzación de franquicias, impuestos no declarados o subdeclarados, los que se pueden deber a diferencias contables-tributarias o a errores administrativos.

Como puede apreciarse, este es un procedimiento de control, que busca no caer en contingencias tributarias o bien si éstas son detectadas, aminorar sus efectos a través de la aplicación de las estrategias tributarias pertinentes. En otras entregas ahondaremos más en este servicio de Arca Consultores.