lunes, 19 de febrero de 2007

Se inicia presentación de declaraciones juradas al SII

El SII dio por iniciado el proceso de presentación de declaraciones juradas, en el marco de la Operación Renta 2007. En efecto, el jueves 15 del presente mes comenzó este importante proceso auxiliar a la declaración de los impuestos a la renta correspondiente al año tributario 2007, el que presenta varias novedades que facilitan su cumplimiento.
Antes de entrar en detalle, es sumamente útil y recomendable tener a mano el Suplemento Declaraciones Juradas 2007, publicado en el diario El Mercurio en el mes de enero pasado o, en su defecto, consultarlo haciendo clic aquí, lo que permite una familiarización más acabada con los medios disponibles para la presentación de las declaraciones juradas y con los plazos y demás exigencias propias de cada una de dichas declaraciones.
Quizás lo más novedoso sea el denominado "Importador de formularios para las declaraciones juradas", una herramienta tecnológica que permitirá enviar los formularios al SII en archivos generados por los propios sistemas informáticos de los contribuyentes, opción que estará disponible para 30 de las declaraciones juradas exigidas por dicho Servicio.
Asimismo, para la opción de entregar la información a través del "Formulario Electrónico en pantalla", desde el propio sitio del SII, opción que es válida para 40 de las declaraciones juradas exigidas, podrán ingresarse hasta 100 registros en cada una de dichas declaraciones, lo que facilita el cumplimiento tributario de personas y empresas. De igual forma, esta herramienta permite guardar y recuperar los datos ingresados, indispensable cuando se trabaja con mucha información.
Otra novedad consiste en que si se detecta que la información enviada es incorrecta y en consecuencia se requiere rectificar la declaración jurada, si la misma fue enviada al SII por el medio antes indicado, podrá corregirse la información sin necesidad de ingresar nuevamente todos los datos de los informados.
En otro post indicaremos -a medida que se acerquen- las fechas límites de presentación de estas declaraciones juradas, especialmente de las más importantes y comunes a casi todas las empresas nacionales y especialmente pymes, tales como Retenciones (1879); Retiros (1886); Sueldos (1887) y Gastos rechazados (1893), cuyos vencimientos oscilan entre el 23 y el 29 de marzo del presente año.

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