lunes, 31 de marzo de 2008

¡Un imperdonable error!

El martes 25 de marzo se publicó la ley 20.259 que rebaja el impuesto específico a las gasolinas automotrices y además modifica otros impuestos, entre los que se encuentra el de Timbres y Estampillas, con la idea de ayudar al crecimiento y desarrollo principalmente de las pymes.

En la teoría todo bien, pero en al práctica no todo funciona como se esperaría en temas delicados como los de tributación. Por una parte, se elimina (o mejor dicho se atenúa, pues hay ciertos límites) este tributo para las pymes y por la otra se intenta bajar de inmediato las tasas de dicho tributo a 0,1% por cada mes o fracción de mes y a 1,2% como tasa máxima en las operaciones de crédito de dinero (tasas que comenzaban a regir el 1 de enero de 2009), pero se equivocaron rotundamente en ese intento, pues en realidad desde el 25.03.08 (fecha de vigencia de la modificación respectiva de la ley 20.259) las tasas han quedado en 0,134% y 1,608% respectivamente, valores anteriores a la vigencia de la ley 20.130, según así se desprende de la redacción del Art. 2º de la ley 20.259.

Expliquemos mejor esta historia. La ley 20.130, de 2006, modificó la ley de timbres y estampillas, bajando las tasas de ese tributo, a contar del 1.01.09, a los valores señalados de 0,1% y 1,2%, disponiendo en su artículo transitorio una reducción gradual de las tasas vigentes en esa fecha (0,134% y 1,608%) para regir durante los años 2007 y 2008, hasta llegar a las tasas indicadas de 0,1% y 1,2% para el año 2009. Pero como el Art. 2º de la ley 20.259 dispuso la eliminación del artículo transitorio de la ley 20.130, en la práctica quedarían vigentes las tasas de 0,134% y 1,608%, llegándose a una situación absolutamente no deseada. ¡Qué error más grande!, de Hacienda en primer lugar y de los legisladores que poco y nada analizan, pues no era difícil darse cuenta de tamaña inconsistencia. Uno se puede dar cuenta del tremendo error al leer el mensaje de la Presidencia de la República, que al respecto dice textualmente: "Pero, además, como un incentivo no solamente dirigido a las Pymes, sino a todos los emprendedores y ciudadanos que accedan al crédito, se propone adelantar en un año la reducción general del impuesto ya aprobado en 2006. Así, la tasa del impuesto se reduciría a 1,2% en forma inmediata y no en enero de 2009, como estaba previsto".

Y no me vengan a decir que es un error de redacción, pues es sencillamente un tremendo y grosero error que habla muy mal del Gobierno, del Ministerio de Hacienda y de los parlamentarios todos, que se asesoran poco y mal. Se supone que hoy lunes deberían mandar una ley que aclare este entuerto. También se supone que no se cobraría la tasa legal del 1,608% y vigente actualmente, pues escaparía del espíritu de la iniciativa legal, pero sin embargo su utilización estaría totalmente apegada a derecho.

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