lunes, 14 de abril de 2008

Operación Renta 2008

Ya estamos comenzando la tercera semana de la llamada Operación Renta, la que ha estado muy activa este año, pues sólo en una semana se enviaron más de 500.000 declaraciones al SII.

No está demás recordar algunos datos importantes para cumplir con esta obligación. Como se sabe, toda la información por contribuyente debe presentarse en una sola declaración. Esto implica que las empresas con sucursales u otras dependencias, deberán presentar la información consolidada de sus distintos negocios o establecimientos, en un único documento que deberá ser presentado por la casa matriz con su respectivo número de RUT.

Asimismo, en una de las ventajas de declarar por un medio electrónico, si la declaración que efectúa el contribuyente no importa pago, ésta puede ser reemplazada tantas veces como se desee, hasta el 25 de Abril del presente año, considerándose como declaración vigente la última recibida dentro de este plazo. Cabe señalar que si se declara por esos mismos medios en una fecha posterior a la citada no podrá reemplazar la declaración presentada, ni las presentadas con anterioridad a dicha fecha.

Las instrucciones pertinentes del Servicio de Impuestos Internos ponen especial énfasis en la importancia de consignar correctamente los antecedentes relativos al domicilio del contribuyente (calle, número, oficina o departamento, teléfono, fax, domicilio postal, comuna postal, correo electrónico, comuna y región), indicando que éste debe corresponder al domicilio vigente del contribuyente, lo que permitirá que tanto el cheque o depósito respectivo -en caso que corresponda devolución de remanente de impuesto- como las eventuales comunicaciones que el SII envíe, sean recibidas oportunamente por el contribuyente. Recalca que estos datos deben ser consignados en forma obligatoria por todos los contribuyentes, en la sección pertinente del Formulario 22, ubicada al reverso del mismo.

Como es conocido, el plazo legal para la declaración de los impuestos a la renta vence el 30 de abril de 2008. Sin embargo, este plazo se extiende dependiendo del medio por la cual se remita al SII y si el F22 consulta pago o no de impuesto. Así, si se efectúa por Internet y no hay un pago asociado, el plazo se alarga hasta el 9 de mayo de 2008, al igual que si se presenta por celular. En caso que dicha declaración importe un pago, sea que se presente por Internet o por papel, el plazo fatal es el 30 de abril de 2008.

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