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lunes, 12 de septiembre de 2005

La Norma NCh 2728

Esta Norma, que fija los requisitos para que los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) certifiquen su sistema de gestión de la calidad, debe ser implementada por todas los OTEC's antes del 4 de septiembre del año 2006. Si el OTEC no la implementa antes de esa fecha la Norma 2728 quedará automáticamente fuera del Registro Nacional de Organismos Técnicos que mantiene el SENCE, lo que significa que no podrá gozar de las franquicias tributarias que le franquea el Estatuto de Capacitación y Empleo.
Además, según lo prescribe la ley 19.967, los OTEC's deben cumplir con otro requisito indispensable para optar a dicho Registro: que su objeto social sea único y exclusivo de capacitación. Si no se cumplen estos dos requisitos y los demás establecidos por el Estatuto, los OTEC's dejarán de pertenecer a ese Registro.
Nuestra Consultora también implementa esta Norma NCh 2728, cuyos objetivos son mejorar los estándares de calidad de los OTEC's asegurando la calidad de la oferta de capacitación para los usuarios del sistema.
Entre los beneficios de implementar esta Norma podemos mencionar los siguientes:
  • Los procesos mejoran y con ello la eficiencia del OTEC
  • Mejora la imagen y el prestigio
  • Mayor satisfacción del cliente
  • Diferenciación respecto de la competencia
  • Acceso a nuevos mercados
  • Ventajas en la comercialización